Chaleco obligatorio para deliverys


Desde el 1° de Enero de 2010, todas las empresas y comercios que brinden servicios de mensajería o entregadas a domicilio en territorio bonaerense deberán proveer al personal chalecos reflectivos, con la identificación de la patente de la moto que utilicen.

La disposición fue anunciada por el gobierno de la Provincia de Buenos Aires y se encuentra establecida en la nueva Ley de Tránsito Provincial N° 13.927.

Se estima que unas 62.000 personas en la provincia realizan esta actividad, de las cuales 49.600 prestan su servicio en la región metropolitana y 12.400 en el interior bonaerense. Para controlar el cumplimiento de la misma, la Dirección de Comercio del Ministerio de Producción, la Policía de Seguridad Vial y las secretarias de control municipales, realizarán acciones conjuntas.

El Subsecretario de Gabinete de la Jefatura de Gabinete, Juan Pablo Álvarez Echague, detalló que la normativa establece que “el chaleco deberá contener como mínimo dos bandas reflectivas, horizontales, verticales y/o cruzadas, ubicadas en la parte anterior y posterior del mismo, de cinco centímetros de ancho y cubriendo una superficie de trescientos centímetros cuadrados”.

Informamos que poseemos en nuestro local comercial amplio stock de estos “Chelecos Reflectivos”, para cubrir las necesidades de nuestros clientes.


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